Wednesday, May 25, 2011

And this is why I want Tuti to bring the F250

When you show me a street-approved vehicle that is capable of doing this and it's not Tuti's F250, then maybe I'll change my mind and give in to getting some other means of transportation.

Poor Scuderia Ferrari t-shirt wearing and Ferrari Italia 458 owner dude.

Big trucks rule!!!!!!

Monday, May 23, 2011

¿Sobrevivió Bracuta al Gran Rapto del 21 de mayo?

Miren el video dejao a ver si sobrevivió....

Wednesday, May 11, 2011

Carta Abierta a Tricom


Señores
Tricom, S. A
Ciudad

Distinguidos señores Tricom, S. A.:

Mi nombre es Enedina A. Pereyra Córdova y soy una usuario muy inconforme con los servicios que ustedes prestan.

Relación de hechos.

Preámbulo. 
En el año 1983 el sector donde vivo fue privilegiado en ser el primero en recibir el servicio de televisión por cable (en aquella época ofrecido por Telecable Nacional, S. A.). Siempre supimos que dicho privilegio atendía al hecho de que en nuestro sector vivía uno de los vice-presidentes de la empresa, por lo que, como dije anteriormente, siempre fuimos privilegiados en el servicio.

A principios de los años 90 entró en el mercado nacional la empresa Comunicaciones de Voz, Data y Video (creo que ese era el nombre que tenían en aquella época). Gracias a ellos se rompió el monopolio que tenía en aquel entonces la Compañía Dominicana de Teléfonos (CODETEL), ofreciendo a los Dominicanos una opción de servicios diferente a la que estábamos acostumbrados. Cabe destacar que yo tuve mis diferencias con CODETEL por problemas de facturación en mi servicio de telefonía móvil, y visto que en aquel momento los usuarios no teníamos a nuestra disposición los mecanismos que hoy tenemos gracias a la Ley de Telecomunicaciones 153-98, mis reclamos ante, hasta ese momento la única prestadora de servicios de telecomunicaciones en el país, cayeron en oídos sordos, por lo que al abrir sus puertas Tricom, fui una de las primeras personas en presentarme en sus oficinas comerciales de la Lope de Vega para contratar los servicios ofrecidos.

En aquel momento activé un número de teléfono móvil (número que todavía conservo), dos (2) localizadores móviles, un servicio de telefonía fija y, posteriormente cuando fue puesto a la disposición del público, un servicio de Internet de los denominados “dial-up”. Años después, cuando estuvo disponible, contraté los servicios de Internet por cable “Tornado”.

Sobre los localizadores móviles.
Como fue mencionado más arriba, contraté dos (2) servicios de localización móvil o “beepers”. Uno lo utilizaba yo y otro mi madre. Nunca tuve queja con el servicio hasta el día en que mi “beeper”, después de muchos años de uso, se dañó. Lo llevé al taller para su reparación. Al parecer, como estaban ya en esa época sacando los “beepers” de circulación, nunca arreglaron mi equipo. Cuando lo llevé al taller solicité la suspensión (paro de facturación en aquel momento) del servicio hasta tanto me devolvieran mi equipo. Al nunca hacerlo, no volví a pagar factura alguna. Como las facturas nunca me llegaban, aún luego de presentar varias reclamaciones al respecto, no tenía conocimiento de que el servicio continuaba facturándose no obstante yo haber solicitado su suspensión (que en ese momento equivalía a no emisión de nuevas facturas). Un día, al visitar sus oficinas comerciales buscando indagar sobre el estatus de reparación de mi equipo, me enteré que me habían cancelado el servicio por falta de pago. Reclamé pero no pudimos llegar a ningún acuerdo. Pagué lo que debía y cancelé el servicio.

Sobre el servicio de telefonía fija.
En el año 2000 mi familia tuvo que mudarse a otro sector en la ciudad de Santo Domingo pues habíamos decidido demoler la casa en que vivíamos y construir allí una torre de apartamentos. Aunque eran raras las ocasiones en que utilizaba el servicio, al momento de la mudanza solicité el traslado de la línea al sector donde viviría. El departamento técnico me informó que en la zona a la cual había solicitado el traslado de la línea no había facilidades disponibles, por lo que no podían realizarlo. Nuevamente fui a sus oficinas comerciales y conversé con un representante de servicio al cliente, explicándole la situación. Nuevamente me suspendieron el servicio, pues en un plazo de dos (2) años volvería de nuevo a lo que era mi casa, y era mi intención re-activar la línea sin perder el número. Le expliqué a la persona que me atendió lo que me había pasado con los “beepers”, y le pedí que tomara las medidas de lugar para que no aquello no sucediera de nuevo. También mencioné el problema de la recepción de las facturas. Cuando llegó el momento de la mudanza y consecuente re-activación, había vuelto a ocurrir el mismo problema, es decir, me habían cancelado el servicio por falta de pago. Reclamé nuevamente, y mis reclamos volvieron a caer en oídos sordos. Pagué lo adeudado, aunque no había utilizado los servicios, no por razones atadas a mí, sino por problemas técnicos de la empresa que eran ajenos a mi voluntad.

Sobre el servicio “dial-up”.
No obstante la poca velocidad ofrecida en aquel momento, nunca tuve problemas con el servicio. Cuando la empresa ofreció al mercado el servicio de internet por cable lo contraté sin pensarlo dos veces. En aquel momento había un especial por activación: regalaban una “caja Premium” a cada cliente. El técnico que me instaló el servicio me dijo que se le habían acabado las “cajas” y que volvería al día siguiente a instalarme la mía. Eso fue en el año 2002, todavía hoy estoy esperando que llegue.

Aunque contraté el servicio de internet por cable (llamado en esa época “Tornado”), nunca cancelé el servicio “dial-up” pues quería tener un “back-up” en caso de que el nuevo servicio fallara. Para evitar los inconvenientes que ya había tenido con la facturación, decidí inscribir la tarjeta de crédito en el sistema para que la facturación fuera automática, y me olvidé del tema. De pronto, varios meses, quizás años, después, decido conectarme a través del “dial-up” y no logro conectarme al internet. Llamé al servicio al cliente y me informaron que, de buenas a primeras y sin avisarme, habían dejado de hacer los cargos automáticos a la tarjeta de crédito, ya que yo figuraba como accesorio y no principal. Fui personalmente a la oficina comercial, inscribí otra tarjeta en la cual figuraba como principal y me olvidé del caso. Mientras tanto, no obstante las varias reclamaciones, continuaba, años después, sin recibir mis facturas (ya en franca violación a lo establecido en la Ley 153-98, que obliga a las prestadoras a enviar las facturas a sus usuarios). Varios meses después intenté nuevamente conectarme al Internet por el servicio “dial-up” y no lo conseguí. Llame nuevamente y me dijeron que, aunque habían hecho los cargos automáticamente por varios meses, el sistema había “borrado” mi tarjeta, y ellos no me habían avisado. Intenté registrar otra tarjeta, pero me dijeron que como ya tenía varias cancelaciones por falta de pago, no podía contratar otros servicios.

Nuevamente pagué lo que debía, y cancelé el servicio.

Sobre el servicio de telefonía móvil.
Todavía conservo el primer equipo que activé en la empresa, un Motorola Star Tac, último en tecnología al momento en que lo compré. Nunca tuve problemas con el servicio, es más, la señal llegaba a lugares en los que CODETEL nunca tenía señal. Las llamadas nunca se caían, nunca había “apagones” de red, nunca se me hizo una facturación que no fuera la correcta. En aquel momento en que se peleaba la interconexión y las llamadas entre Tricom y Codetel no eran posibles, yo aposté a ustedes.

Sí, aposté a ustedes.

Hace alrededor de seis (6) años entré a trabajar con una prestadora de servicios que era competencia de la empresa, pero nunca cancelé mis servicios con ustedes. Al tener una asignación de móvil por mi posición, la línea provista por mi empleadora se convirtió en mi línea de uso principal, quedando la de Tricom relegada a un segundo plano. Sin embargo, nuevamente repito, nunca cancelé el servicio pues en la empresa en la que trabajaba sí había “apagones” de red y mi fiel línea de Tricom me salvó de muchas situaciones en la que debía comunicarme y mi móvil principal no tenía servicio. Lo que hice fue bajar el plan al mínimo, para conservar la línea, sobre todo porque por ese número me llamaban, y aún lo hacen, mis padres.

Hace aproximadamente tres (3) años cambié de trabajo y decidí actualizar el equipo que tenía asignado al móvil de Tricom. Compré una Palm Treo, no obstante Tricom no ofrecer para sus líneas móviles servicio de internet (cuando ya las demás prestadoras de servicio telefónico sí lo hacían) y dicho equipo estaba preparado para accesar al Internet. El equipo me costó alrededor de RD$12,000.00 al momento de su compra. Aunque no podía utilizarlo a su máxima expresión, nunca tuve problemas con el servicio.

El año pasado la Palm Treo se dañó, lo que imposibilitaba su uso. Fui a la oficina comercial para comprar un equipo nuevo y asombrosamente me percaté que la empresa, en casi tres (3) años, no había actualizado su cartera de equipos. Los que me ofrecían eran los mismos que me habían ofrecido años atrás, con el agravante de que no sólo no habían variado los precios (la Palm Treo costaba lo mismo que cuando la compré), sino que se me informó que la empresa no tenía entre sus planes a corto plazo ofrecer el servicio de internet en su telefonía móvil. Comparado esto con el servicio que tengo contratado con Orange, mediante el cual (cuando funciona) puedo navegar libremente por Internet, me vi obligada a tomar una decisión económica y decidí portar mi servicio de telefonía móvil a Claro.

Las motivantes fueron muy claras. Tricom me ofrecía el mismo equipo que tenía, una Palm Treo que ya estaba “atrasada” tecnológicamente hablando, fuera del mercado, sin soporte o garantía por parte del fabricante, sin acceso al internet, por RD$12,000.00. Sin embargo, Claro me ofrecía un BlackBerry Torch, de última generación, con acceso ilimitado al internet y mis correos electrónicos, por menos de RD$10,000.00. Tristemente, y no obstante mi juramento hecho años atrás de que nunca volvería a contratar un servicios con CODETEL, solicité que mi número fuera portado a Claro.

Tomé los pasos correctos. Fui a Claro a informar de la portabilidad, fui personalmente a Tricom (aunque me dijeron que sólo debía informarlo por teléfono), pagué la facturación a la fecha y solicité la portabilidad. Una semana después la portabilidad no se había realizado. Fui tres (3) veces a la oficina de servicio al cliente de Claro en Blue Mall, donde había solicitado la activación del servicio, indagando sobre la tardanza en la portabilidad. Ellos revisaron su sistema, me dieron seguimiento constante, y me informaban que el problema estaba en la plataforma de Tricom. Fui personalmente a la oficina comercial de Tricom, luego de varias llamadas al centro de asistencia telefónica, y me informaron que la portabilidad había sido realizada, que el problema estaba en la plataforma de Claro. En ese “relajo” me mantuvieron por tres (3) semanas hasta que tuve que recurrir a “altas instancias” para solucionar el problema. Un (1) mes después todavía no se había ejecutado la portabilidad, y mientras tanto la facturación seguía corriendo y yo no tenía servicio. No podía realizar llamadas, no podía recibir llamadas, no podía enviar mensajes de texto, no podía recibir mensajes de texto. Era todo un caos. Gracias a las “altas instancias”, los problemas anteriormente mencionados fueron resolviéndose poco a poco, pero se me fue confirmado que efectivamente el error estaba en la plataforma de Tricom y no en la de Claro, no obstante Tricom “oficialmente” siempre dijo que el problema no era de ellos.

Hoy continúo en Claro, con el mismo número que contraté a Tricom cuando ésta abrió sus puertas. Cuando solicité la portabilidad le expliqué las razones por las cuales lo hacía a la persona que me atendió, y le prometí que cuando la empresa actualizara su plataforma y se pusiera a la par con los servicios ofertados por las otras telefónicas volvería de nuevo con ellos. Luego de la experiencia con la portabilidad no pretendo volver a Tricom.

Sobre el servicio de Internet por cable “Tornado”.
Desde un principio he tenido problemas con el servicio. Los primeros años me desconectaban de la “central” constantemente. Cada vez que llamaba para reclamar las personas con quienes hablaba me decían que había consumido mi ancho de banda y que por ese motivo me desconectaban. Al parecer, en aquel momento los equipos con los que contaba la compañía no tenían forma de controlar el ancho de banda utilizado, o quizás tenían una plataforma anticuada, pero entiendo que esa situación no era mi problema, pues yo había contratado un servicio de internet ilimitado y la excusa que me daban no era válida.

Al pasar de los años dejaron de desconectarme, pero el servicio era intermitente, mediocre y falto de las garantías de continuidad que la empresa debía proporcionarme. He debido de haber llamado cientos de veces para quejarme, pero nunca he obtenido una solución definitiva a mis problemas.

Desde hace alrededor de dos años para acá el servicio se ha degradado en forma alarmante. Tengo averías constantes, continuas y seguidas. No transcurre un (1) mes sin que tenga que llamar para reportar una avería. Desde mediados del año pasado a esta fecha ha sido peor, con un promedio de una (1) avería semanal. A principios del presente año duré días, para no decir semanas, sin el servicio de internet. "Alguien" me comentó que el problema era el servicio de “Tornado” pues, en palabras textuales de una fuente, “ese servicio no sirve ni para botarlo a la basura”. Sin embargo, a finales del 2009 aumenté la velocidad que tenía contratado y “mágicamente” las averías bajaron de promedio. Era como si me obligaran a aumentar la velocidad; y ganaron. Pero ese “respiro” en el servicio duró poco.

Para muestra un botón, estos son los números de reporte, el nombre de la persona que me atendió y la fecha en que fue interpuesta la reclamación:

16351522
Reynaldo Hernández
26/agosto/2010

13998330
Manuel Rodríguez
22/dic/201

317882
Indiana Márquez
19/enero/2011

325746
Jenny Perez
22 enero 2011

13846073
Robinson Montero

Nery Paul
26/enero/2011

432220
Carlos Gómez
28/feb/2011

436778
Jorge Liberato
01/mar/2011

513967
Juan Sánchez
31/mar/2011

4/abril/2011
(no quisieron aceptar el reporte pues todavía estaba abierto el anterior)

Los últimas siete (7) averías no las he reportado. Me cansé de tantos reportes. Me cansé de esperar en "hold" media hora en lo que atienden mi llamada. Me cansé de que hayan cambiado el horario de servicio al cliente telefónico porque, cuando el intenet me falla a las once de la noche, no tengo a quien llamar. Me cansé de que no me "resolvieran". Me cansé de tantas promesas de que "ahora sí le vamos a resolver definitivamente", Me cansé. Las otras, porque hay más, simplemente no las publiqué, pero están en mi expediente. Les demás, se han perdido en el recuerdo.

Lo sucedido entre enero y marzo de este año fue "apoteósico". Nadie sabía darme los motivos por los cuales estaba ocurriendo tantas averías, hasta que alguien de “otras instancias” me informó que estaban haciendo arreglos en la red, cambiando los equipos en la zona donde vivo, y luego de comentarle lo que me habían dicho sobre el servicio “Tornado” me lo confirmaron y me dijeron que uno de los motivos por los cuales estaban haciendo los cambios en la red era justamente para resolver ese problema. Sin embargo, esta es la fecha en que, completada la instalación de los nuevos equipos y la migración a la nueva plataforma, continúan las averías. Los últimos problemas que he tenido se han resuelto gracias a las “altas", "bajas" y "otras instancias” tanto internas como externas a la empresa, pero otro usuario que no tenga acceso a esas “instancias” se encuentra completamente desprotegido. Y yo, como una usuaria cualquiera, no debería tener que recurrir a dichas instancias para solucionar un problema causado por ustedes. 

Nadie debería hacerlo.

Se me informó que se me había hecho un crédito por los días facturados sin servicio, pero las últimas facturas que he pagado han sido por los mismos montos de siempre, así que parece que el crédito se lo hicieron a otra persona y no a mí. Pero quizás puedo estar equivocada.

Eso no me preocupa. No busco compensación económica. Busco calidad en el servicio.

Ahora la nueva modalidad no es sólo las averías en el servicio de internet, sino también las averías en el servicio de telecable. Tanto yo como mi papá, titular de la cuenta del servicio de cable, hemos reportado varias averías. Indagando con “bajas instancias” nos han informado que el problema principal se debe a que los nuevos equipos instalados tienen problemas al momento de fallar el servicio de energía eléctrica, respuesta muy graciosa ya que vivimos en un país en el cual la falta del servicio eléctrico es la regla y no la excepción. Cada vez que falla la energía eléctrica, léase casi todos los días, los “fusibles” de los equipos se queman conllevando al fallo del servicio del cable y, por consiguiente en mi caso, al del servicio de internet.

Entiendo que la mala planificación de las autoridades estatales y del cabildo tiene algo que ver con esto. El otorgamiento de permisos de construcción se ha manejado a la ligera; la densidad habitacional ha aumentado. En la zona donde vivo la construcción de torres se ha disparado en los últimos diez (10) años. Donde antes sólo habían casas ahora existe una “colonia” de torres. Donde antes vivíamos cuatro (4) personas ahora viven doce (12) familias. En estos momentos, en dicha zona son pocas las casas que quedan y hay en construcción más de cinco (5) torres. Esto contribuye al aumento de consumo de energía eléctrica y a una mayor carga sobre los transformadores que convierten dicha energía. Todas las semanas, cuando hay una sobrecarga (que es siempre) y falla el servicio de energía eléctrica (ya sea por las excusas de la CDEE o de las EDEs) o “explota” un transformador, los servicios de Tricom también fallan.

Debo destacar, antes de continuar, que la calidad de la atención a las reclamaciones también se ha deteriorado notablemente. Tricom siempre dio, no obstante todo, un excelente servicio de reparación. Cualquier avería que fuera reportada era resuelta en menos de dos (2) días, a lo sumo. Sin embargo, últimamente duran varios días, y hasta semanas, en resolver los problemas que ocasionan estas averías.

Volviendo a lo anterior, entiendo que Tricom no es culpable de que en este país falle el servicio de energía eléctrica o que las sobrecargas “disparen” los transformadores, pero sí es responsable por su mala planificación en el sentido de que, al momento de instalar  los nuevos equipos, debieron tomar en consideración que lo estaban haciendo en la República Dominicana, donde “nunca hay luz”, y no el país de fabricación de dichos equipos. No pueden dar la excusa de que no es su culpa, que es culpa de “la luz”, que los fusibles se queman. Repito, aquí los “apagones” son la regla y no la excepción y Tricom no es una compañía nueva o extranjera. Ustedes saben muy bien, por que quien no lo sabe entonces vive en otro planeta, que el servicio de energía eléctrica local no es fiable. Ustedes son los responsables, no el Estado, de su mala planificación.

Y esto tienen que resolverlo. Ya.

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He interpuesto dos (2) reclamaciones por ante el Centro de Atención al Usuario del Indotel al respecto de las fallas de servicio. En el día de ayer interpuse nuevamente una reclamación sobre el servicio de internet y una sobre el servicio de telecable. Sin embargo, ustedes juegan con los plazos otorgados. No hago nada interponiendo una reclamación que ustedes resuelven en el plazo otorgado, cuando al otro día vuelve la avería, el “contador se pone en 0” y nuevamente empiezan a correr los plazos. Es un círculo vicioso: yo reclamo, ustedes arreglan y “se limpian” ante el Indotel, pero al otro día vuelve la avería. Me encargué de decírselo ayer al Indotel.

Mientras tanto, antes de anoche cerca de las nueve de la noche (9:00 p.m.) “explotó” un transformador en la esquina de mi casa. Con esa explosión se fueron el servicio de cable y el del internet. Todavía a las tres de la tarde (3:00 p.m.) de ayer no habían sido restaurados. Según me informan mis padres los servicios volvieron a media tarde.

Y las facturas siguen corriendo.

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Para terminar, quiero recordarles lo que establece la legislación vigente en materia de telecomunicaciones y derechos del consumidor:


Ley General de las Telecomunicaciones No. 153-98


Principio de continuidad: por el principio de continuidad, el servicio debe prestarse en el área de concesión sin interrupciones injustificadas.

Art. 3. Objetivos de la Ley.
Los objetivos de interés público y social del presente ordenamiento, a la luz de los cuáles deberán interpretarse sus disposiciones, son los siguientes:
a) Reafirmar el principio del Servicio Universal a través de:
2.-La satisfacción de la demanda de servicios públicos de telecomunicaciones en condiciones de libre competencia, asegurando la continuidad, generalidad, igualdad y neutralidad de dichos servicios; y
b) Promover la prestación de servicios de telecomunicaciones con características de calidad y precio que contribuyan al desarrollo de las actividades productivas y de servicios en condiciones de competitividad internacional;

Art. 30. Obligaciones generales de los concesionarios
b. La continuidad en la prestación de los servicios públicos a su cargo;


Reglamento para la Solución de Controversias entre los Usuarios y las Prestadoras de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones. (Modificado por la Resolución No. 124-05 del 25 de agosto de 2005).

CAPÍTULO I. DEFINICIONES.

Artículo 1. Definiciones del Reglamento.


(b) Calidad de Servicio: Efecto global de las características del servicio, las cuales obedecen a los estándares establecidos o reconocidos por el INDOTEL y que determinan el grado de satisfacción del usuario.

(j) Derechos del usuario: Para fines del presente Reglamento, el usuario tendrá los siguientes derechos, sin que la siguiente enumeración tenga un carácter limitativo:


1. Derecho a tener acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones, bajo los principios de continuidad, igualdad, generalidad, neutralidad y transparencia, establecidos en la Ley General de Telecomunicaciones No. 153-98;

2. Derecho a recibir el servicio pagado o contratado;

8. Derecho a solicitar y recibir explicaciones por parte de la prestadora, cuando ocurran interrupciones o alteraciones en la provisión del servicio;

12. Derecho a la reparación de averías que afecten la provisión del servicio, libre de cargos, dentro de un plazo prudente;

17. Derecho a recurrir por ante el INDOTEL, cuando, luego de reclamar ante la prestadora, la solución dada por la misma a su reclamación no le resulte satisfactoria o por la no recepción de respuesta luego de vencido el plazo provisto para ello en el presente reglamento.

Artículo 3. Asuntos susceptibles de reclamación. 
3.1 Sin que la presente enumeración tenga carácter limitativo, constituyen asuntos susceptibles de reclamación y, en consecuencia, materia del presente Reglamento, aquellos relativos al cumplimiento efectivo respecto a la provisión del servicio, a una facturación acorde a lo consumido y en ocasión al contrato de servicio, instalación, activación o cancelación, traslado, suspensión o corte, retiro, averías y problemas de calidad en los servicios, falta de entrega o entrega tardía de la factura, si aplica, en el domicilio del usuario o en su dirección electrónica si el usuario así lo autorizare y en general, cualquier reclamo o queja basado en el servicio brindado, excepto reclamaciones de indemnización por daños y  perjuicios.

3.2. A los fines del presente artículo se considera “problema de calidad en el servicio” aquella irregularidad en la prestación de éste que derive del inadecuado funcionamiento de la red, tales como comunicación imperceptible, intermitencia, ruido, interferencia en la línea, señales borrosas y la imposibilidad o dificultad de recepción de la señal y su contenido, o bien de escuchar o hacerse escuchar, pérdida de audio, entre otros. Igualmente se considera problema de calidad de los servicios la inadecuada atención al usuario, la dilación en la corrección de averías y en la recepción de quejas y, en general, cualesquiera dificultades que impidan que la prestación del servicio se realice conforme con las condiciones acordadas entre el usuario y la prestadora y los requisitos del INDOTEL.

Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario No. 358-05.

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.- Naturaleza, objeto, ámbito y definiciones.
Las disposiciones de la presente ley tienen por objeto establecer un régimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario que garantice la equidad y la seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean de derecho público o privado, nacionales o extranjeros, en armonía con las disposiciones al efecto contenidas en las leyes sectoriales. En caso de duda, las disposiciones de la presente ley serán siempre interpretadas de la forma más favorable para el consumidor.

Art. 2.- Las disposiciones referentes al derecho del consumidor y usuario son de orden público, imperativas y de interés social, y tendrán un carácter supletorio frente a las disposiciones contempladas en las leyes sectoriales.


Constitución Dominicana.

Artículo 53.- Derechos del consumidor. Toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley. Las personas que resulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley.

SECCIÓN III
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Artículo 147.- Finalidad de los servicios públicos. Los servicios públicos están destinados a satisfacer las necesidades de interés colectivo. Serán declarados por ley. En consecuencia:

1) El Estado garantiza el acceso a servicios públicos de calidad, directamente o por delegación, mediante concesión, autorización, asociación en participación, transferencia de la propiedad accionaria u otra modalidad contractual, de conformidad con esta Constitución y la ley;

2) Los servicios públicos prestados por el Estado o por los particulares, en las modalidades legales o contractuales, deben responder a los principios de universalidad, accesibilidad, eficiencia, transparencia, responsabilidad, continuidad, calidad, razonabilidad y equidad tarifaria;

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No creo que es mucho lo que pido. Sólo quiero un servicio estable, de calidad, continuo, eficiente, responsable, accesible… en fin, el servicio por el que pago.

Sé que tengo el derecho y la opción de cancelar los servicios que tengo contratados con ustedes, pero esa una opción mía y he decidido no ejercerla. ¿Por qué? Por que yo aposté a ustedes cuando comenzaron sus operaciones. Porque cuando quieren hacerlo, ofrecen un servicio de calidad. Por un asunto de principio, ya que no encuentro justo que después de tanto años de reclamaciones constantes todavía me falten el respeto y violenten mis derechos constitucionalmente establecidos y consagrados de la forma que lo están haciendo. Porque hay que ponerle un paro definitivo a la costumbre de las prestadoras locales de ofrecer malos servicios y de los consumidores de quedarnos callados y no reclamar cuando nuestros derechos sean violentados. Porque las otras opciones del mercado tienen los mismos y hasta peores problemas que ustedes tienen, y en como en tierra de ciegos el tuerto es rey, para mí ustedes son el tuerto.

Simplemente porque no quiero. Es mi prerrogativa.

Su deber es prestar el servicio como lo establece la ley. Su deber es respetar mis derechos. El mío es reclamarlos y defenderlos. Y eso es lo que estoy haciendo.

Me apena haber tenido que llegar a esto, a ventilar la situación a ojos de terceros, pero no encuentro otra opción que me asegure una solución a los constantes y persistentes problemas que tengo con ustedes.

Quizás nunca lean esta carta. Total, yo soy otra simple usuaria maltratada del montón. Es cierto, soy una más, pero esta “más” necesitaba desahogarse, aunque este desahogo no sea más que clamar en el desierto.

Con sentimientos de… bueno, atentamente.

Enedina A. Pereyra Córdova
Abogada